El Consejo y el Parlamento Europeo han acordado un acuerdo sobre la Directiva de diligencia debida en materia de sostenibilidad de las empresas para exigirlas mejoras que aborden los efectos adversos sobre medio ambiente y derechos humanos.
El Consejo y el Parlamento Europea han alcanzado un acuerdo provisional sobre la Directiva de Diligencia Debida para mejorar la protección del medioambiente y derechos humanos a nivel europeo pero también mundial. ¿Cuáles son los puntos clave de esta nueva ley?
- Establece obligaciones para las grandes empresas con más de 500 empleados y un volumen de negocios neto de 150 millones de euros, o a las empresas de fuera de la UE con un volumen de negocios generado por la UE de 300 millones de euros.
- Exige a las empresas un compromiso significativo con los grupos de interés en el proceso de diligencia debida.
- Establece normas sobre las obligaciones de las grandes empresas en relación con los impactos adversos reales y potenciales sobre el medio ambiente y los derechos humanos para su cadena de actividades comerciales, que cubre a los socios comerciales iniciales de la empresa y parcialmente a las actividades posteriores, como la distribución o el reciclaje.
- El sector financiero queda excluido temporalmente, con una cláusula de revisión para su posible inclusión.
- Las sanciones incluyen «nombrar y avergonzar» (naming an shaming en inglés), multas de hasta el 5% del volumen de negocios neto mundial, y la reclamación de daños y perjuicios de los afectados. Cada país de la UE designará una autoridad supervisora para monitorear el cumplimiento de estas obligaciones.